Es momento de tomar ACCIÓN y CONTROL. Los momentos de incertidumbre son una gran oportunidad para mejorar la gestión de nuestras empresas así como para desarrollar nuevos negocios.
¿QUÉ ES #MENTORÍAPYMES?
#MentoríaPymes es un programa de capacitación especialmente diseñado para que las pequeñas y medianas empresas mejoren su rentabilidad y gestión del negocio. Trabajamos con un alto contenido práctico con base en el Modelo CANVAS para definir el "modelo de negocios" y luego pasar a construir el "plan de negocios" adecuado. Integraremos las bases de todos los programas de apoyo estatal a PYMES(subsidios no reembolsables, financiamiento subsidiado, exoneración de impuestos).
¿PARA QUIEN ES ESTE PROGRAMA? • Dueños y Directores de PYMES. • Responsables de áreas operativas y financieras. • Directores de Startups. • Cualquier persona que quiera emprender su propio negocio.
COMIENZO: El inicio estaba previsto para el 20/4, pero dada la situación de emergencia sanitaria estamos trabajando para faciliar el curso a través de internet. Si te interesa envianos un mail a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. te avisaremos de la fecha de inicio y enviaremos el programa completo.
DOCENTE: Cra Patricia Lombardi, MBA.
"Planificar no significa saber qué decisión voy a tomar mañana, sino qué decisión debo tomar hoy para conseguir lo que quiero mañana”. Peter Drucker
La firma del acuerdo abre la posibilidad de que Uruguay pase a la mira de inversiones extranjeras y se logre aumentar las exportaciones uruguayas a través de la baja de aranceles y aumento de cuotas, así como desarrollo de sectores en los cuales nuestro país tiene potencial de crecimiento.
"Lo positivo es que es la primera vez que el Mercosur firma un acuerdo comercial relevante con una potencia económica de primera línea a nivel mundial. Puede generar incentivos de que otros países, al verse discriminados con Europa, ahora tengan incentivos para hacer acuerdos con el Mercosur", consideró Marcel Vaillant, profesor de Comercio Internacional y agregó "Eso puede disparar una dinámica liberalizadora en la región."
Algunos números: Las exportaciones de Mercosur a la UE alcanzaron los 42.600 millones de euros en 2018, mientras que en sentido contrario llegaron a 45.000 millones de euros. Prácticamente la mitad del comercio desde Mercosur corresponde a agricultura y ganadería, mientras que en el caso de la UE esos productos apenas suponen el 5% de las ventas.
Mercosur es el principal proveedor de productos agrícolas de la UE con el 20% y casi del 70% de los productos para la alimentación animal, fundamentalmente de Brasil. Cerca del 80% de la carne de vacuno importada procede igualmente de esa zona.
El Gobierno anunció 14 medidas para estimular la económica, la inversión y la exportación.
Si bien en algunos casos será necesario esperar a los decretos reglamentarios o reglamentos operativos, es una señal alentadora de reacción ante tantos meses de caída de la inversión y el empleo. Será clave que estas medidas sean acompañadas por una mejora sustancial en los plazos de evaluación y aprobación de proyectos de inversión en cada Ministerio, los tiempos administrativos no están acompasando la dinámica que requieren las empresas para operar y prosperar. Destacan como interesantes las medidas para Servicios Globales, Parques Industriales y Sector Logístico.
Promoción de Exportaciones. Con ellas se busca fomentar y apoyar la exportación en un contexto mundial y regional adverso y volátil. Y las medidas serán la prórroga por un año de las tasas especiales de devolución de tributos vigentes para los sectores con problemas de demanda externa. También se eliminará la Tasa BROU aplicable a las exportaciones (0,05% sobre valor en Aduana).
Industria Automotriz. Para este sector, estratégico por el empleo que genera, se trabajó y se definieron estímulos en el marco del Consejo Automotor, en consenso entre empresarios, trabajadores y gobierno.
Industria Alimenticia. Las importaciones de azúcar industrial con certificado de necesidad recibirán tratamiento aduanero Mercosur, lo que implica una reducción de 2% en sus costos de importación.
Fomento de la producción nacional de Maquinaria Agrícola
Políticas de Frontera. Rebaja del canon, sin modificaciones en la forma de pago, al equivalente al 6% sobre ventas que es lo que se abona en Brasil. Nuevo régimen de liquidación del canon: en 2 años se pasa a abonar de forma exactamente igual a la que se realiza en Brasil. Contacto con el gobierno brasileño para acordar lista de productos a comercializarse en régimen de free shops.
Encadenamientos Productivos. Los bienes producidos en zona franca que utilicen insumos y materias primas nacionales en una proporción significativa (80%), no abonarán los tributos aduaneros al momento de volver ingresar al territorio no franco.
Sector Logístico. Los bienes producidos en zona franca que utilicen insumos y materias primas nacionales en una proporción significativa (80%), no abonarán los tributos aduaneros al momento de volver ingresar al territorio no franco.
Servicios Globales. Tendrán un beneficio equivalente a la exoneración del Impuesto al Patrimonio y del 90% del IRAE, con diferentes plazos.
Sector Audiovisual. Se beneficiarán de un crédito fiscal correspondiente al IVA de las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para la producción de los citados contenidos.
Sector construcción. Establecimiento de una excepción a la regla de deducción proporcional del costo de inmuebles adquiridos entre el 01/07/2007 y 28/02/2021, permitiendo la deducción íntegra en la liquidación del IRAE.
Beneficios a Turistas No Residentes. Se plantea la exoneración del IVA a las siguientes operaciones: servicios gastronómicos; servicios de catering para la realización de fiestas y eventos; servicios para fiestas y eventos; arrendamientos de vehículos sin chofer. Además un cédito fiscal al propietario del 10,5% del importe bruto del precio pactado en el arrendamiento de inmuebles destinados únicamente a la habitación del turista, cuyo plazo no exceda los cuatro meses
Nuevos Emprendimientos. Se decidió otorgarle a los nuevos emprendimientos en empresas existentes los mismos beneficios que poseen las empresas nuevas en el régimen de promoción de inversiones.
I+D (en proceso de reglamentación). Se otorgará un crédito fiscal por 35% de los gastos en I+D que sean ejecutados en su totalidad por una empresa y 45% para proyectos que se desarrollen conjuntamente con centros tecnológicos o universidades debidamente certificados
Nueva Ley de Parques Industriales, que está en proceso de reglamentación se otorgará, para instaladores de parques: exoneraciones fiscales para incentivar la inversión (hasta 100% de la inversión en IRAE, IP en ciertos bienes, IVA). Para usuarios: uso de infraestructura adecuada, generación de sinergias con otros actores del entramado productivo, beneficios adicionales en el marco COMAP (hasta 15% más de exoneración y plazo para usarla), tarifas públicas promocionales.
Fuente y foto: página web de Presidencia. 9/9/2019
Propuesta del Poder Ejecutivo para modificar la Ley de Parques Industriales con inclusión del sector servicios.
Se enviará al Parlamento una propuesta para modificar la ley de parques industriales, de forma de incluir a diversos eslabones de las cadenas de valor que actualmente no están contemplados, como las Pymes dedicadas a servicios. En la actualidad los Parques Industriales están concebidos solo para la fabricación de bienes, sin embargo, en el mundo funcionan también con servicios como por ejemplo el software.
También se propone introducir un régimen especial para que las empresas públicas estén obligadas a instalar infraestructura y establezcan un régimen especial de tarifas. Se buscará promover la asociatividad, revisando la normativa, en un trabajo interinstitucional con otros ministerios, para promover el uso de espacios y recursos comunes en los parques industriales que llevan a una mejora de la competitividad. En ese sentido, se propondrá que las Pymes, cooperativas y empresas autogestionadas reciban el mismo tratamiento que cualquier otro usuario que se quiera instalar en un parque industrial.
En cuanto a las inversiones que los usuarios o los instaladores de parque puedan hacer, se buscará igualar las condiciones que promueve la Ley de Promoción de Inversiones.
Contamos con el conocimiento y los recursos para lograr que su empresa aproveche al máximo los Programas de Subsidios disponibles en Uruguay. Cuéntenos de su proyecto escribiendo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Programa dirigido a MiPYMES industriales y de servicios conexos a la industria, que incorporen tecnologías innovadoras con aplicaciones de biotecnología, nanotecnología, electrónica y/o software, generen impactos positivos sobre la competitividad, presenten vínculos con la región y cuyo foco comercial esté dirigido a mercados del exterior. Los proyectos seleccionados percibirán fondos no reembolsables de hasta US$ 100.000, las empresas deberán aportar la misma cifra en efectivo, no admitiéndose inversiones en especie de ningún tipo.
Último día para la presentación 15/11/2017.
Requisitos excluyentes:
1) Ser micro, pequeñas o medianas y su capital debe ser de origen nacional en más del 50%.
2) Pertenecer a una de las cadenas productivas priorizadas por el Gabinete Productivo: aeronáutica, ágatas y amatistas, alimentos con valor agregado, audiovisual, automotriz, cárnica, cerealera/oleaginosa, construcción, cuero/marroquinería, diseño, energías renovables, farmacéutica, forestal/maderera, láctea, metalúrgica, naval, pesca, plásticos, químicos, vestimenta o videojuegos.
3) Deben incorporar aplicaciones de biotecnología, nanotecnología, electrónica y/o software que generen impactos positivos sobre la competitividad de la empresa y de la cadena productiva a la que pertenece. No será admisible la incorporación tecnológica que implique despidos en la empresa por sustitución de mano de obra. Los proyectos de desarrollo y comercialización de productos tecnológicos tales como software, aplicaciones móviles o páginas web no son admitidos.
4) Deben contar con vínculos regionales a través de un socio radicado en Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Guyana o Surinam. Dicho socio podrá ser un proveedor tecnológico, proveedor de insumos o cliente (presente o potencial) y deberá estar comprometido con el proyecto. No se considerarán las filiales radicadas en el exterior del país. Otro tipo de vínculo regional aceptado es la identificación de al menos un mercado de destino ubicado en alguno de los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay o Venezuela).
La pertenencia de un proyecto a una cadena productiva se define por el producto o servicio que se planea producir.
5) Deben exportar directa o indirectamente más del 50% de la producción derivada del proyecto. Se entiende por exportación indirecta la venta de bienes o servicios a empresas locales que los revendan en el exterior o los utilicen como insumos para la elaboración de otros bienes y servicios que se comercialicen en el exterior.
7) Los proyectos deberán presentar una Tasa Interna de Retorno superior a 7%.
6) Los proyectos deberán estar radicados en el país valorándose aquellos que se instalen en los territorios con menor desarrollo económico y social.
8) Se valorará que el proyecto presente vínculos comprobables con un investigador, un centro de investigación o una universidad del país o la región.
9) Se valorarán aquellos proyectos que presenten algún tipo de innovación en producto, proceso –en especial el componente tecnológico-, organización o comercialización. El criterio de innovación considerado en la evaluación de los proyectos se limitará al territorio uruguayo, el cual se basa en las definiciones del Manual de Oslo y de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII).
Las empresas no podrán presentar más de un proyecto y las que hayan resultado seleccionadas en convocatorias anteriores no podrán participar del presente llamado. Aquellas empresas que hayan recibido apoyo del Fondo Industrial del MIEM en los últimos cuatro años restarán 15 puntos del total obtenido en la calificación. Lo mismo se aplica a empresas socias o pertenecientes a un mismo grupo económico.
Inversiones elegibles:
Asistencia técnica especializada.
Capacitación técnica.
Adquisición de maquinarias y equipos.
Promoción de buenas prácticas de producción.
Manejo ambiental.
Creación de marcas colectivas.
Certificación de productos y procesos.
Investigación de mercados especializados.
Asistencia para comercialización y distribución de productos y servicios.
Servicios técnicos para mejorar la calidad de los productos y la gestión.
No elegibles:
Prototipos.
Tasas, impuestos y aranceles.
Capital de giro.
Adquisición de inmuebles.
Adecuación edilicia.
Adquisición de vehículos.
Inversiones y gastos financieros.
Amortización de bienes de capital.
Sueldos, jornales y aportes al BPS.
Pagos de multas y recargos.
Gastos que no se puedan comprobar como resultantes directos de la ejecución del proyecto.
Honorarios profesionales por asesoramiento legal o de formulación del proyecto.
Los puntajes máximos otorgados por cada ítem son:
Incorporación tecnológica 30 puntos
Integración regional 20 puntos
Internacionalización 20 puntos
Innovación 15 puntos
Descentralización 15 puntos
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SOLICITUD DE PRÓRROGA DE CRONOGRAMA DE INVERSIONES
En aplicación de lo establecido en el literal b) del artículo 12 de los Decretos Nº 455/007 y Nº 02/012, se establece que sólo se dará curso a solicitudes de prórroga del período de inversiones, si dicha solicitud cumple con la siguiente doble condición:
1) La misma sea debidamente fundada.
2) La solicitud sea presentada con anterioridad al vencimiento del cronograma original de inversiones aprobado en la Resolución o de las prórrogas que se hubiesen otorgado con posterioridad. La presente disposición entrará en vigencia a partir del primer día hábil del mes de mayo de 2017.
Fuente: Mef
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CEFORTH busca potenciar los sectores químico y farmacéutico integrando capacidades requeridas por las tecnologías actuales y los nuevos encadenamientos productivos relacionados. Calendario de cursos del segundo semestre: https://www.ceforth.edu.uy/cursos
El Centro de Formación de Talento Humano, CEFORTH, fue creado el 22 de Diciembre de 2017, mediante la firma de un acuerdo entre el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP), el Parque Científico y Tecnológico de Pando (PCTP), la Asociación de Laboratorios Nacionales (ALN) y el Sindicato de la Industria del Medicamento y Afines (SIMA). Dicho acuerdo tiene como fin crear un centro de formación que permitiese a los trabajadores de las industrias química y farmacéutica, actualizar sus conocimientos relacionados y mantenerse al día con la mejora de los procesos de trabajo y el permanente cambio tecnológico.
LOMBARDI&ASOC. Consultoría Empresarial ,10 años de experiencia asesorando en plan de negocios y proyectos de inversión. Nos especializamos en la búsqueda de fondos y formulación de proyectos de todos los programas estatales de apoyo a inversiones, en todos los sectores de actividad. (COMAP, ANII, FONDO INDUSTRIAL, PIADE, INEFOP). Contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
A continuación un resumen de los conceptos más importantes expuestos por la Cra. Patricia Lombardi en la charla ofrecida para PYMES y emprendedores en Espacio Serratosa. 17/5/2017
La inversión en Uruguay, tanto nacional como extranjera, se encuentra declarada de interés nacional, en tal sentido el inversor extranjero goza de los mismos incentivos que el inversor local. Existen incentivos tanto para actividades industriales como comerciales o de servicios, regímenes especiales para Zonas francas, inversión con participación Público-Privada, Parques Industriales, Admisión Temporaria, entre otros. En Uruguay existen más de 50 programas de cofinanciamiento y subsidio a proyectos, aunque están disponibles no siempre resulta sencillo identificar el adecuado o implementarlo a tiempo. Son muchos los programas, se encuentran dispersos y sus bases en general son muy extensas, es una tarea que insume mucho tiempo y dedicación.
Incluir estos programas en la estructuración financiera del proyecto mejorará su retorno y muchas veces jugarán un rol fundamental en la viabilidad del mismo.
La búsqueda de un programa de apoyo al desarrollo un proyecto de inversión no siempre resulta una tarea sencilla, son muchos los programas existentes, están dispersos y sus bases en general son muy extensas, es una tarea que insume mucho tiempo. Para aprovechar los beneficios disponibles resulta clave la planificación y elección correcta del programa.
CLAVES A TENER EN CUENTA PARA APROVECHAR LOS BENEFICIOS DE LOS PROGRAMAS: • Considerar estos programas desde la etapa inicial del proyecto (desarrollo de la idea y elaboración del plan de negocio base). • La mayoría de los programas apoyan a MIPYEMES y asignan apoyos diferenciados según el tamaño de la empresa (Clasificación según DEC. 504/003). • Tener en cuenta que la mayoría tienen fechas de apertura y cierre para la postulación. • Los plazos de aprobación pueden ser extensos, es necesario planificar la postulación con tiempo. • Poner foco en el objeto y ciclo de vida del proyecto, clave para seleccionar y aprovechar el programa adecuado en cada etapa. • No invertir antes de la postulación, la mayoría de los programas no aceptan inversiones ya ejecutadas (pago de anticipos y/o facturadas). • Apoyan con porcentajes de inversión y topes de subsidio diferentes, exigiendo contrapartida con fondos propios y en efectivo. • Exigen rendición de cuentas. • Algunos programas exigen y/o premian compromisos en indicadores de negocio: empleo, descentralización geográfica, certificación, innovación, uso de tecnologías limpias, eficiencia energética, etc.). • Apoyarse en consultores especializados en el tema para maximizar los beneficios sin correr riesgos y mantener el foco en el negocio. Varios de los programas ofrecen apoyos para el pago de honorarios del consultor formulador del proyecto. • En los casos que el proyecto cumpla con el mérito de innovador, será clave analizar y exponer en forma muy sólida los argumentos e investigación que fundamenta esa innovación. • Las etapas de investigación, desarrollo e innovación, por ser las de mayor riesgo, son las que cuentan con mayor posibilidad de obtener subsidios no reembolsables. • La innovación puede ser en producto o servicios, en formas de comercialización, en procesos o en formas de organización. En general los programas refieren a los criterios ANII para definir el factor de innovación, en tal sentido se define innovación cuando no existe en Uruguay o se trata de una mejora muy significativa respecto a los existentes. Para TICS se considera América Latina y El Caribe, o en el mercado al cual se pretende ingresar. • Los apoyos podrán obtenerse a través de subsidios no reembolsables, exoneración de impuestos o financiamiento subsidiado a largo plazo. Cada herramienta dependerá de la etapa del proyecto así como del tipo de rubro a cofinanciar. El uso planificado de todos los programas permitirá maximizar la tasa de retorno del proyecto y en muchos casos permitirá su viabilidad.
PASOS RECOMENDADOS PARA IDENTIFICAR Y APROVECHAR LOS PROGRAMAS: a. DEFINIR EL OBJETO DEL PROYECTO. b. VISUALIZAR EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO. c. DOCUMENTAR UN PLAN DE NEGOCIO MINIMO DE BASE. d. IDENTIFICAR INVERSIONES (RUBROS E IMPORTES) y CRONOGRAMA.
CICLO DE VIDA DE UN PROYECTO: Cada programa apoya etapas y rubros diferentes, por tal motivo resulta clave estructurar la búsqueda de cofinanciamiento en cada etapa del ciclo de vida del proyecto. 1. Investigación y Desarrollo. 2. Escalamiento productivo y comercial. 3. Operación. Ejemplos de rubros financiables según la etapa del proyecto: • Investigación y Desarrollo.( especialmente en casos de innovación: expertos, capacitación, materiales e insumos para pruebas, equipos de prueba y ensayo, difusión, promoción, consultorías, compra o arriendo de software, cursos en el exterior, servicios técnicos asociados, protección intelectual, expertos para formular plan de negocios y proyectos, etc.) • Escalamiento productivo y comercial (maquinas, equipos, utilitarios, obra civil, certificación, tecnología, etc.) • Operación (capacitación, consultorías, certificación, etc.)
EJEMPLOS DE INSTITUCIONES QUE APOYAN A EMPRENDEDORES Y MIPYMES ANII, MIEM, DINAPYME, ANDE, SIGA, MEF, URUGUAY XXI, BROU, INEFOP, FONDES, OEA, BID, ENDEAVOR, FONDOS ANGELES, PLATAFORMAS CROWDFUNDING, ETC.
A modo de conclusión, resulta clave planificar la incorporación de estos programas desde las etapas iniciales de desarrollo del proyecto, desde el momento mismo del desarrollo de la idea y desarollar un plan de negocios base. En resumen la clave para aprovechar estos programas: PLANIFICAR.
"Planificar no significa saber qué decisión voy a tomar mañana, sino qué decisión debo tomar hoy para conseguir lo que quiero mañana”. Peter Drucker
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A continuación un breve resumen de los conceptos mas importantes expuestos por la Cra. Patricia Lombardi en la charla ofrecida el 24/3/17 en Espacio Serratosa.
La inversión en Uruguay, tanto nacional como extranjera, se encuentra declarada de interés nacional, en tal sentido el inversor extranjero goza de los mismos incentivos que el inversor local. Existen incentivos tanto para actividades industriales como comerciales o de servicios, regímenes especiales para Zonas francas, inversión con participación Público-Privada, Parques Industriales, AdmisiónTemporaria, entre otros.
Incluir estos programas en la estructuración financiera del proyecto mejorará su retorno y muchas veces jugarán un rol fundamental en la viabilidad del mismo.
La búsqueda de un programa de apoyo al desarrollo un proyecto de inversión no siempre resulta una tarea sencilla, son muchos los programas existentes, están dispersos y sus bases en general son muy extensas, es una tarea que insume mucho tiempo. Para aprovechar los beneficios disponibles resulta clave la planificación y elección correcta del programa.
Claves a tener en cuenta para aprovechar los beneficios de los programas:
üConsiderar estos programas desde la etapa inicial del proyecto (desarrollo de la idea y elaboración del plan de negocio base). üTener en cuenta que la mayoría tienen fechas de apertura y cierre para la postulación. üLos plazos de aprobación pueden ser extensos, es necesario planificar la postulación con tiempo. üNo invertir antes de la postulación, en general no aceptan inversiones ya ejecutadas (pagas y/o facturadas). üApoyan con porcentajes de inversión y topes de subsidio diferentes, exigiendo contrapartida con fondos propios y en efectivo. üExigen rendición de cuentas. üAlgunos programas exigen y/o premian compromisos en indicadores de negocio: empleo, descentralización geográfica, certificación, innovación, uso de tecnologías limpias, eficiencia energética, etc.). üApoyarse en consultores especializados en el tema para maximizar los beneficios sin correr riesgos y mantener el foco en el negocio. Varios de los programas ofrecen apoyos para el pago de honorarios del consultor. üCada programa apoya etapas y rubros diferentes, por tal motivo resulta clave estructurar la búsqueda de cofinanciamiento en cada etapa del ciclo de vida del proyecto,
Investigación y Desarrollo.
Escalamiento productivo y comercial.
Operación.
üEjemplos de rubros financiables según la etapa del proyecto:
Investigación y Desarrollo.( especialmente en casos de innovación: expertos, capacitación, materiales e insumos para pruebas, equipos de prueba y ensayo, difusión, promoción, consultorías, compra o arriendo de software, cursos en el exterior, servicios técnicos asociados, protección intelectual, expertos para formular plan de negocios y proyectos, etc.)
Escalamiento productivo y comercial (maquinas, equipos, utilitarios, obra civil, certificación, tecnología, etc.)
A modo de conclusión, resulta clave planificar con el tiempo la incorporación de estos programas desde las etapas iniciales de desarrollo del proyecto, desde el momento mismo del desarrollo de la idea y el plan de negocios.
"Planificar no significa saber qué decisión voy a tomar mañana, sino qué decisión debo tomar hoy para conseguir lo que quiero mañana”.
IMPORTANTE: COMAP NO AUTORIZA MÁS PRÓRROGAS PARA LOS INFORMES DE SEGUIMIENTO.
COMAP ha decidido no autorizar mas prórrogas de plazo para la presentación de informes de seguimiento contable y de obra civil. No existe aviso formal, ni comunicación a través de la web de COMAP, pero esta información está siendo dada por los funcionarios de UNASEP. Si bien dan la posibilidad de que la empresa presente la solicitud y su debida justificación, en la práctica no están autorizando más prorrogas. En consecuencia en caso que la empresa no cumpla con el plazo reglamentario para la presentación del informe de seguimiento contable y de obra civil, automáticamente caerá en incumplimiento, debiendo reliquidar los impuestos mas multas y recargos y actualización de UI , de acuerdo a lo que establece el DEC 2/012 y toda la reglamentación vigente. Recordamos que el plazo reglamentario para la presentación de los informes de seguimiento contable y de obra civil, es de 4 meses luego de la fecha de cierre de balance y se considera incumplimiento transcurridos 30 dias luego de ese plazo. Ver normativa articulo 12 DEC2/012 y 455/007
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Se modifica la Circular 4/2018 , las constancias de estar al día COMAP se podrán solcitar hasta el 20 de cada mes. Restriccion muy importante a considerar en caso de estar planificando el ingreso a COMAP de un nuevo proyecto o ampliación, o cualquier otra solicitud.
CIRCULAR Nº 3/19. CONSTANCIA DE ESTAR AL DÍA EN COMAP: Se estable que solo podrán solicitarse hasta el 20 de cada mes.
Las empresas que han obtenido la declaratoria promocional prevista en la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998, deberán estar al día en la entrega de información a la COMAP (según lo dispuesto en el artículo 11º del Decreto Nº 455/007, en el artículo 11º del Decreto Nº 2/012 y en el artículo 18º del Decreto N° 143/018) para poder realizar todo trámite ante la misma. A efectos de la realización de cualquier solicitud ante la COMAP será necesario la presentación de una constancia que acredite que la empresa se encuentra al día. La misma será emitida por la COMAP, indicando su período de validez. Deberá ser solicitada a través del correo electrónico, Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., hasta el día 20 de cada mes inclusive. Fecha de publicación: 04/07/2019
VENCE 31/12/2019. PRÓRROGA PARA EJECUTAR LAS INVERSIONES POR DEC 455/007 COMAP.
Los proyectos #COMAP promovidos por el DEC 455/0017, que al 31/7/2017 no haya ejecutado las inversiones aprobadas, podrán solicitar autorización de prórroga para el plazo de exoneración de IRAE, siempre que ejecuten efectivamente dichas inversiones antes del 31/12/2019. Como forma de incentivar las inversiones en Uruguay, el Ministerio da una interesante oportunidad para quienes tenian proyectos sin ejecutar por falta de renta fiscal y posibilidades de cofinanciarlos con sus impuestos, medida interesante teniendo en cuenta las importantes exoneraciones que otorga el DEC 455/007.
De acuerdo al DEC 455/007 el plazo establecido por la resolución se comenzaba a computar a partir del primer ejercicio en que se obtenía renta fiscal (inclusive) y con hasta un máximo de cuatro ejercicios de prórroga cuando no existiera renta fiscal positiva, contanto desde el año de la declaratoria promocional. Ahora el computo del primer año se podrá diferir una vez aprobada la solicitud de prórroga de acuerdo a lo establecido en el DEC 240/017.
El beneficio establecido por el decreto 240/017 será aplicable exclusivamente respecto a las inversiones ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2019. Las inversiones ejecutadas con posterioridad a la fecha referida no serán computables a los efectos de la aplicación de los beneficios otorgados por la resolución correspondiente, pero serán consideradas para la evaluación del cumplimiento de la inversión comprometida.
Al igual que en todas los programas de promoción de inversiones, la clave del éxito es la planificación y un adecuado análisis de la situación.
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El Ministerio de Economía anunció este viernes de tarde un conjunto de medidas para estimular de forma especial la inversión que genere más puestos de trabajo. Para determinar exactamente el impacto de los cambios se deberá esperar a la publicación del Decreto reglamantario y su reglamento operativo.
Los cambios se centran en el indicador empleo , aunque hay otras novedades :
1-Computo independiente del indicador Tecnologias limpias y el indicador I+D+i.
2-Aumento del tope de exoneración anual de IRAE para empresas nuevas, pasaría del 60% al 80%.
3-Posibilidad de diferir el cómputo del plazo para el uso del IRAE cuando no exista renta fiscal.
3- Aumento del beneficio de IRAE para micro y pequeñas empresas.
4- Se incrementará en 10% del porcentaje de exoneración que surge de la matriz de indicadores para los proyectos de inversión presentados entre marzo de 2018 y febrero de 2019, que ejecuten al menos el 75% a diciembre de 2019.
5-Las inversiones realizadas entre marzo de 2018 y febrero de 2019 computarán por el 120% a los efectos de determinar el monto de exoneración del IRAE.
6- Se aumenta el peso del indicador empleo y se eliminan las categorías , priorizando la generación de puestos de trabajo.
7- Se admitirán como inversiones elegibles los vehiculos eléctricos de pasajeros afectados a la actividad productiva.
Para determinar el impacto en cada proyecto será necesario esperar a la publicación del nuevo decreto reglamentario y su reglamento operativo.
ENFRENTANDO LOS DESAFÍOS DE LA ECONOMÍA DEL NUEVO MILENIO.
20 y el 21 de junio 2019 en el Hotel Radisson Victoria Plaza.
Durante el evento habrá conferencias y paneles donde los principales actores que mueven la economía de Iberoamérica, quienes expondrán sobre las temáticas más relevantes para el desarrollo de los países en los escenarios que presenta el nuevo milenio. TEMAS: 1. Perspectivas de la economía regional a la luz de la coyuntura internacional 2. Las demandas de inversiones en América Latina 3. Destinos y oportunidades al comercio latinoamericano 4. La revolución tecnológica y su importancia en la economía
Con fecha 29/8/2017 Presidencia publicó un decreto( aún sin numerar) , por el cual se habilita a solicitar prórroga para el uso del beneficio de IRAE. Aplica para aquellos proyectos que a la fecha tengan inversiones sin ejecutar, con el objetivo de incentivar las inversiones de las empresas.
Las condiciones son que al 31/7/2017 no se haya iniciado la ejecuciónde las inversiones y que las mismas se ejecuten antes del 31/12/2019.
En Uruguay las inversiones en proyectos del sector de Hotelería y Turismo acceden a importantes beneficios fiscales, los cuales permiten mejorar en forma sustancial la tasa y tiempo de recupero de la inversión. Para maximizar los beneficios y minimizar los compromisos es clave la planificación y asesoramiento experto antes de la toma de decisiones.
Promoción de Inversiones en Uruguay.
Uruguay se ha posicionado como un destino confiable y atractivo para invertir en proyectos productivos de todos los sectores de actividad. En tal sentido la inversión, tanto nacional como extranjera, se encuentra declarada de interés nacional. Dicha declaración es regulada por la Ley 16906/998 y sus decretos reglamentarios. Existen incentivos fiscales generales para todos los sectores de actividad, incentivos especiales como son las zonas francas, el régimen de puerto y aeropuerto libre, los parques industriales y la admisión temporaria. A nivel sectorial existen programas específicos para fomentar el desarrollo de determinadas actividades como lo son la hotelería y turismo, construcción, biotecnología, energías renovables, aeropuertos, rehabilitación del adulto mayor, aeropuertos, entre otras.
Estos programas de apoyo estatal se instrumentan a través de la exoneración de impuestos como ser el IRAE (impuesto a la renta), IP (impuesto al patrimonio), IVA compras, impuestos y tributos de importación de bienes que no tengan fabricación local.
Régimen general de Promoción de Inversiones en Uruguay
El régimen general se encuentra regulado por el Decreto 268/020 reglamentario de la Ley 16.906/998, aplica a cooperativas y empresas de todos los sectores de actividad que sean contribuyentes del IRAE y se encuentren generando ingresos gravados. Las empresas que se radiquen como usuarios de Parques Industriales, así como las micro y pequeñas empresas reciben beneficios adicionales.
Las inversiones elegibles son todas aquellas necesarias para el desarrollo del proyecto y asociadas al giro de la empresa. A modo de ejemplo comprenden: bienes muebles, maquinaria y equipos, instalaciones, obra civil en inmuebles propios o arrendados, vehículos utilitarios, vehículos de pasajeros 100% eléctricos (hasta 8/2023), equipamiento para generación de energías renovables, inversiones tendientes a mejorar el medio ambiente ( tecnologías limpias), certificaciones en normas técnicas, entre otras. Para acceder a las exoneraciones fiscales las empresas deben asumir como compromiso generar un puntaje determinado en una matriz conformada por indicadores como ser la generación de empleo, aumento de exportaciones, descentralización geográfica, tecnologías limpias, I+D+i y sectoriales. El sector agropecuario tiene a disposición una importante lista de inversiones elegibles que permiten calificar a través del indicador tecnologías Limpias. En función del puntaje alcanzado en la matriz se generará un porcentaje de recupero de la inversión (entre 30% y 100%) y un plazo para el uso del beneficio (entre 4 y 25 años). Anualmente la empresa que cuente con un proyecto promovido podrá exonerar hasta un tope del 90% del IRAE anual con un máximo equivalente al 100% de la inversión ejecutada. Los proyectos son evaluados por técnicos de cada Ministerio y aprobados por la COMAP (Comisión de aplicación de la Ley de Inversiones) conformada por un integrante de cada Ministerio.
Régimen específico para el sector de Hotelería y Turismo.
Las inversiones en Hotelería y Turismo pueden acceder a beneficios fiscales ampliados a través de la combinación de los decretos 268/020 y 175/003, este último específico para ese sector de actividad.
Los proyectos que califican al régimen específico son:
Actividades turísticas destinadas a la oferta de servicio de alojamiento, culturales, comerciales, para congresos, deportivos, recreativos, de esparcimiento o de salud, que conformen una unidad compleja realizada para la captación de demanda de turismo(Proyectos Turísticos).
Hoteles, Aparthoteles, Hosterías, Moteles y Estancias turísticas.
Las exoneraciones fiscales a las cuales pueden acceder estos proyectos son las siguientes:
Hasta 90% del Impuesto a la Renta de Industria y Comercio (IRAE) según opción de combinación de los decretos reglamentarios.
Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción, mejora o ampliación (infraestructura y obra civil)
Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las importaciones de bienes muebles para equipamiento y materiales de construcción según condiciones que establezca la normativa.
Al solo efecto de la liquidación del Impuesto a la Renta de Industria y Comercio (IRAE), se permitirá la amortización acelerada según lo que dispone la normativa.
Impuesto al Patrimonio (IP) de las inversiones en infraestructura, obra civil y equipamiento.
Del 50% al 100% de impuestos y tributos que graven las importaciones de materiales y bienes para la construcción, mejora o ampliación y a los de activo fijo destinados al equipamiento, según el decreto seleccionado y según las condiciones establecidas por la normativa
El tipo y cuantía de exoneraciones de impuestos a obtener dependerá del tipo de proyecto y de/los decretos seleccionados según lo que determine el análisis de la reglamentación aplicable. En este tipo de emprendimientos resulta clave el análisis profesional previo a la toma de decisiones, tanto en cuanto al tipo de proyecto como en lo relacionado al régimen de promoción de inversión a postular.
Combinar los distintos programas estatales a través de las etapas del proyecto permite maximizar el recupero de la inversión minimizandolos compromisos.
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Decreto 170/019 - Se sustituye el artículo 28 del Decreto 143/018 (Incentivos para usuarios de parques industriales y parques científico-tecnológicos)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 17 JUN 2019
VISTO: la Ley de Inversiones y Promoción Industrial, Nº 16.906 de 7 de enero de 1998.
RESULTANDO: que los Decretos NO 455/007 de 26 de noviembre de 2007, Nº 2/012 de 9 de enero de 2012 y Nº 143/018 de 22 de mayo de 2018, reglamentaron el Capítulo III de la mencionada Ley, estableciendo beneficios tributarios a proyectos de inversión en función de su contribución a objetivos de desarrollo.
CONSIDERANDO: la necesidad de ajustar la reglamentación en relación a incentivos para parques industriales y parques científico―tecnológicos.
ATENTO: a IO expuesto, y a lo establecido por el Decreto — Ley Nº 14.178 de 28 de marzo de 1974 y por la Ley NO 16.906 de 7 de enero de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 28 del Decreto Nº 143/018 de 22 de mayo de 2018, por el siguiente:
‛‛ArtícuIo 28.― (Incentivos para usuarios de parques industriales y parques científico―tecnológicos).- Para aquellas empresas que estén habilitadas como usuarios de parques industriales y parques Científico-tecnológicos, el monto del Impuesto a la Renta de las Actividades Empresariales (IRAE) exonerado y el plazo para usufructuar la exoneración, se incrementará en 15% (quince por ciento) respecto a lo que correspondería al aplicar el artículo 24 del presente Decreto. -
En el caso de que el proyecto incluya inversiones dentro y fuera del Parque, Se deberá prorratear el puntaje Obtenido en función de la inversión a realizar dentro y fuera del mismo, computando el 15% (quince por ciento) exclusivamente Sobre la inversión a ejecutar dentro del Parque.
Adicionalmente, los usuarios habilitados de parques industriales y parques cientifico-tecnológicos, que realicen actividades industriales y aquellos que realicen operaciones de almacenaje, acondicionamiento, selección, clasificación, fraccionamiento, armado, desarmado, manipulación o mezcla de mercaderías o materias primas, siempre que las mismas estén exclusivamente asociadas a las actividades industriales instaladas en los parques, dispondrán de un crédito fiscal por los aportes patronales jubilatorios asociados al empleo comprometido en el indicador de generación de empleo por el que Se obtuvieron los beneficios fiscales.
El beneficio a que refiere el inciso anterior se aplicará durante el período previsto en el cronograma de empleo referido en el artículo 12 de este Decreto y exclusivamente por los trabajadores que estén ocupados dentro del parque durante toda su jornada laboral. Esta situación será acreditada con la respectiva anotación en el Libro de Registro Laboral, conforme establecen los artículos 13 a 18 del Decreto Nº 278/017 de 2 de octubre de 2017. A estos efectos, deberá constar la identidad del trabajador y la fecha en que inició su actividad en el parque, así como la fecha en que dejó de prestar actividad en el mismo, si correspondiere.
Si la empresa decidiera modificar los indicadores de empleo en más o en menos, deberá comunicarlo a la Comisión de Aplicación (COMAP) a efectos de que se adecúe el goce de este beneficio.
Si durante el seguimiento del proyecto se verificara el incumplimiento de las obligaciones asumidas por los beneficiarios que dieron lugar al otorgamiento de los beneficios concedidos en el marco de este artículo, se procederá a reliquidar los tributos y aportes exonerados, en los términos previstos en el artículo 19 de este Decreto.
La Comisión de Aplicación (COMAP) establecerá los términos y condiciones para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo.
Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese y archívese.
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Régimen de beneficios para la importación de insumos en la industria de electrónica y/o robótica
El Poder Ejecutivo aprobó el Decreto 317/2018, que reglamenta la Ley 19.592 y establece un régimen de beneficios tributarios para la importación de insumos para empresas y entidades educativas cuya actividad principal sea el desarrollo de electrónica y/o robótica. En el marco de los lineamientos estratégicos del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), con el objetivo de ampliar la matriz productiva, avanzando hacia aumentar la proporción de industrias intensivas en conocimiento medio o alto de tecnología, es de particular interés fomentar el desarrollo de la industria electrónica y robótica. Los beneficiarios estarán exonerados del pago de tasas y tributos en las importaciones de insumos destinados al proceso de prototipado o pequeñas series de producción, para las operaciones menores a USD 2.000. A su vez, las operaciones menores a USD 500 no requerirán participación preceptiva de despachante de aduana, pudiendo los propios beneficiarios gestionar dichas operaciones a través de la plataforma VUCE. Los topes anuales para el conjunto de operaciones realizadas al amparo de este régimen son USD 10.000 para empresa y USD 30.000 para las instituciones de educación terciaria, tomándose como referencia el año calendario.
Para ampararse en los beneficios del régimen las empresas o instituciones deberán solicitar, ante la Dirección Nacional de Industrias (DNI) del MIEM, su inclusión en el Registro de Beneficiarios de la Ley 19.592. MIEM-DNI aprobará o rechazará dichas solicitudes considerando, en cada caso, si el solicitante cumple con los requisitos para ser beneficiario.
El régimen se encontrará operativo a partir de febrero de 2019.
Anualmente las empresas con Proyecto COMAP presentado están obligadas a rendir cuentas a la COMAP, aún cuando la resolución que declara promovido el proyecto no se haya publicado.
A continuación una guía práctica de los aspectos más importantes del Informe anual de Seguimiento COMAP.
¿Que se presenta?Informe Contable y cuando corresponda Informe de Obra Civil.
¿Cuando vence? El plazo reglamentario es de 4 meses luego del cierre de balance más 30 días hábiles. Es importante planificar con tiempo ya que la COMAP no otorga prórrogas adicionales a dichos plazos.
¿Quién está obligado a presentarlo?Todas las empresas que hayan ingresado un expediente a la COMAP, aún cuando no haya sido publicada la resolución que declara promovido el proyecto.
¿Cuantos ejercicios se debe presentar?La finalización de las exigencias de presentación de la documentación de Control y Seguimiento se producirá cuando hayan finalizado:
el cronograma de inversiones establecido en la Resolución,
el plazo para la utilización de IRAE establecido en la Resolución y
el cronograma de indicadores.
Mientras alguno de estos cronogramas se encuentre vigente se deberá presentar la Declaración Jurada de Cumplimiento, la Declaración Jurada de Impuestos, los Estados Financieros, el cuadro de revaluación y amortización de bienes de uso fiscal y los Formularios correspondientes.
¿Cuál es el formato de los informes y que información debe incluirse? Toda la documentación deberá ser presentada de acuerdo a la Planilla de Contralor correspondiente a cada tipo de informe y se deberán utilizar los formularios vigentes de la web de COMAP al momento de presentación y según el Decreto al cual aplicó la empresa. No se admitirá la entrega de información parcial. Las Declaraciones Juradas de Cumplimiento Contable deberá presentarse impresa en doble faz, con un timbre profesional, en dos vías, una de las cuales será sellada y devuelta como constancia de entrega de la información. La información digital se presentará en dos vías.
¿Qué debo considerar si el proyecto contiene obra civil? La información de seguimiento Obra Civil tanto en formato impreso como digital, deberá ser presentada ante el Ministerio evaluador del proyecto que corresponda. La DJ OC y demás documentación requerida, se presentará por ÚNICA VEZal momento que se lleve a cabo el primero de los siguientes ítems:
el cierre inmediato en que se informe desistimiento de obra e inversiones, dentro del cronograma de inversiones.
el cierre inmediato a la finalización de la obra y sus inversiones, en caso que la misma se haya producido antes de la culminación del cronograma de inversiones.
el cierre inmediato a la finalización del cronograma de inversiones.
Para el caso que el proyecto contenga más de una obra comprometida, las exigencias explicitadas sobre la información de seguimiento aplican para cada una de las obras.
¿Dónde se presenta? ante el Ministerio evaluador del proyecto que corresponda, Si existen dudas ver en la Resolución donde indica el Ministerio o en caso que la Resolución no haya sido publicada ver en el Formulario de Inicio del trámite a que Ministerio se postuló.
¿Que pasa si encuentro errores en informes anteriores y debo rectificar? En caso de haber existido errores en la presentación de la información de seguimiento Contable, la empresa deberá adjuntar nuevamente toda la documentación de seguimiento corregida y presentar una nota firmada por el representante legal donde explique dicha situación y anule la información que no corresponde.
¿Cuál es el plazo de conservación de la información?Las empresas que cuenten con proyectos de inversión promovidos por el Poder Ejecutivo, deberán mantener la documentación original que respalde las inversiones ejecutadas, así como el cumplimiento de los indicadores comprometidos durante 10 años.
¿Qué consecuencias tiene si la empresa cambia la fecha de balance? El ejercicio económico que como consecuencia del cambio de fecha de balance quede compuesto por un período menor a 12 meses no se tendrá en cuenta para el cómputo de los indicadores y deberá adicionarse un ejercicio al plazo de compromisos segun el Decreto correspondiente. La empresa que se encuentre en la condición planteada deberá solicitarle a Control y Seguimiento Contable la planilla de cálculo para su ajuste.
¿Dónde encuentro los formularios vigentes y la Planilla de contralor de cada tipo de informe? En el sitio web de la COMAP https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/comap/tramites , abajo a la izquierda figuran los links correspondientes a cada decreto. O escribiendo aEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
18/4/2021
LOMBARDI&ASOC. Consultoría en Desarrollo de Negocios. 13 años de experiencia en plan de negocios y proyectos de inversión COMAP. Nos especializamos en la búsqueda de fondos a través de programas de apoyo estatal (exoneración de impuestos, subsidios no reembolsables, financiamiento subsidiado). Consúltenos por su proyecto y juntos maximizaremos el retorno de sus inversiones : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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DOCENTE: Cra Patricia Lombardi, MBA
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"Planificar no significa saber qué decisión voy a tomar mañana, sino qué decisión debo tomar hoy para conseguir lo que quiero mañana”. Peter Drucker